Visa Tipo M (Cónyuge) : concedida al extranjero que desee ingresar al territorio nacional como cónyuge o compañero(a) permanente de nacional colombiano.
InterCol presta el servicio de solicitud del certificado de matrimonio.
*Las solicitudes de visa podrán ser requeridas o inadmitidas según el criterio y la facultad discrecional del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. De presentarse un requerimiento o inadmisión, no habrá lugar a devolución por concepto de estudio de visa y trámite de visa.
*En caso de aprobación de su visado, recuerde que cuenta con 15 días calendario para hacer el registro respectivo ante Migración Colombia, de lo contrario, podrá serle atribuida una sanción económica.
Mas información: Cancillería de Colombia
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